sábado, 9 de junio de 2012

Tercera generación.
La tercera generación de derechos, surgida en la doctrina en los años 1980, se vincula con la solidaridad. Los unifica su incidencia en la vida de todos, a escala universal, por lo que precisan para su realización una serie de esfuerzos y cooperaciones en un nivel planetario. Normalmente se incluyen en ella derechos heterogéneos como el derecho a la paz, a la calidad de vida o las garantías frente a la manipulación genética, aunque diferentes juristas asocian estos derechos a otras generaciones.
Este conjunto de derechos amplía la esfera de responsabilidad del Estado, imponen un deber hacer positivo por parte del estado. Satisface las necesidades y se encuentra la prestación de servicios. Los derechos de tercera generación pertenecen a grupos imprecisos con un interés colectivo común.
Este grupo fue promovido a partir de los ochenta para incentivar el progreso social y elevar el nivel de vida de todos los pueblos. Los derechos de tercera generación son los siguientes:
·         Derecho a la autodeterminación
·         Derecho a la independencia económica y política
·         Derecho a la identidad nacional y cultural
·         Derecho a la paz
·         Derecho a la coexistencia pacífica
·         Derecho a el entendimiento y confianza
·         La cooperación internacional y regional
·         La justicia internacional
·         El uso de los avances de las ciencias y la tecnología
·         La solución de los problemas alimenticios, demográficos, educativos y ecológicos
·         El medio ambiente
·         El patrimonio común de la humanidad
           El desarrollo que permita una vida digna
 
 

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